martes, 17 de enero de 2017

Cursos de formación en red INTEF 2017

Plazo: hasta 24 de enero

La primera edición de 2017 de los cursos tutorizados en línea de Formación en Red del INTEF comienza el 9 de marzo. La inscripción está abierta hasta el próximo 24 de enero de 2017.

En esta primera edición de los cursos de formación en red 2017 se ofertan los siguientes cursos:
  • Alimentación y nutrición para una vida saludable
  • ABP. Aprendizaje basado en proyectos. (Infantil y primaria)
  • ABP. Aprendizaje basado en proyectos. (secundaria y Bachillerato)
  • Convivencia escolar: prevención e intervención
  • Creación de Recursos Educativos Abiertos para la enseñanza
  • Creatividad y diseño en el aprendizaje por retos
  • Dale la vuelta a tu clase (Flipped Classroom)
  • El desarrollo de la función directiva
  • El portafolio educativo como instrumento de aprendizaje y evaluación
  • Espacios de lectura
  • Pensamiento computacional en el aula con Scratch
  • Proyecta eTwinning
  • Uso de Recursos Educativos Abiertos para el aprendizaje integrado de contenidos y lenguas extranjeras (AICLE)
     
Accede a los cursos de Formación en Red del Profesorado en el siguiente enlace:

UIMP. Ayudas para participar en cursos de inmersión en lengua inglesa. Convocatoria

  • Extracto de la Resolución de 9 de diciembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan 1.005 ayudas para participar en cursos de inmersión en lengua inglesa organizados por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, destinadas a titulados en Máster en Profesorado de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas y a Maestros.
  • Extracto de la Resolución de 9 de diciembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan 14.000 ayudas para participar en cursos de inmersión en lengua inglesa organizados por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, destinadas a alumnos universitarios, de Enseñanzas Artísticas Superiores, Otros Estudios Superiores y FP de Grado Superior.

lunes, 16 de enero de 2017

CCOO considera restrictiva la interpretación del INSS sobre ampliación del permiso de paternidad

Con motivo de la entrada en vigor de la ampliación a cuatro semanas de la suspensión del contrato de trabajo por paternidad el pasado 1 de enero, y ante la interpretación restrictiva que el INSS está haciendo de su reconocimiento, el Gabinete Jurídico de CCOO ha elaborado un informe explicando los detalles técnicos a tener en cuenta en esta prestación, y ofreciendo su asesoramiento a las personas afectadas.

Desde el 1 de enero de 2017 (disposición final undécima de la ley 48/2015, de 29 de octubre) está en vigor la ampliación de la prestación de paternidad contemplada en la Ley 9/2009, de 6 de octubre, que se ha ido posponiendo año tras año.

El INSS está reconociendo la prestación de paternidad de 4 semanas de duración para todas las solicitudes que se derivan de nacimientos o adopciones acontecidos a partir del 1 de enero de 2017, pero no así con las que se derivan de nacimientos o adopciones de fechas previas. Ello se debe a que el criterio administrativo que utiliza el INSS para determina
r el hecho causante de la prestación es la fecha de nacimiento o adopción.

Esta interpretación resulta en cualquier caso restrictiva para CCOO. Un informe elaborado por el Gabinete Jurídico Confederal entiende que deberían tener derecho a beneficiarse del disfrute de las cuatro semanas de permiso y prestación por paternidad todas las personas que hayan solicitado iniciar el descanso a partir del 1 de enero de 2017, aún cuando el nacimiento o la constitución de la adopción o la fecha de la resolución de la guarda se hayan producido con anterioridad a dicha fecha.

Por ello, en el caso de que alguna persona se pueda ver afectada por esta interpretación restrictiva del INSS deberá ponerse en conocimiento de la correspondiente asesoría jurídica del sindicato para proceder a la correspondiente reclamación.

miércoles, 11 de enero de 2017

Cursos a distancia de formación del profesorado. Curso 2016/17

Segundo turno
Plazo inscripción:del 11 al 30 de enero
De acuerdo con la ORDEN EDU/1044/2016 de 12 de diciembre (BOCYL de 20 de diciembre).
Para realizar los cursos es necesario disponer de usuario y contraseña del Portal de Educación.

Las listas de admitidos se publicarán el 9 de febrero de 2017 en las web de los CFIE convocantes.
Desarrollo de los cursos: del 14 de febrero al 24 de abril de 2017.

En la web del Centro de Formación del Profesorado en Idiomas (CFPI)Este enlace se abrirá en una ventana nueva podrá consultar la información sobre los cursos de idiomas convocados.
  • PORTUGUÉS 1.2.
  • PORTUGUÉS 2.2.
  • PORTUGUÉS 3.
  • COURS EN LIGNE: FRANÇAIS NIVEAU AVANCÉ 1.2.
  • COURS EN LIGNE: FRANÇAIS NIVEAU AUTONOME 1.2.
  • ADVANCED WEB 2.0 TOOLS FOR THE ENGLISH CLASS.
  • USO DIDÁCTICO DE LOS DISPOSITIVOS MÓVILES PARA EL AULA DE IDIOMAS.
  • FRANCÉS INICIAL 1.2.
  • ENGLISH FOR SUCCESS ADVANCED.
  • INGLÉS INICIAL 1.2.
  • ALEMÁN INICIAL.
En la web del Centro de Recursos y Formación del Profesorado en TIC (CRFPTIC)Este enlace se abrirá en una ventana nueva podrá consultar la información sobre los cursos convocados.
  • DIBUJO TÉCNICO PARA 1º DE BACHILLERATO.
  • INICIACIÓN A LA OFIMÁTICA CON LIBREOFFICE.
  • HABILIDADES BÁSICAS CON OPEN SANKORÉ PARA PIZARRA DIGITAL.
  • LATEX AVANZADO.
  • EXPERIMENTOS DE QUÍMICA: ÁCIDOS Y BASES.
  • EL DIARIO DE CLASE: INSTRUMENTO DE REFLEXIÓN DOCENTE.
  • MEJORA TU RENDIMIENTO Y EL DE TUS ALUMNOS POTENCIANDO LA MOTIVACIÓN Y LA GESTIÓN DEL TIEMPO.
  • PROGRAMAR Y HACER ACTIVIDADES CON SCRATCH.
  • LA DISRUPCIÓN EN EL AULA: CÓMO MEJORAR LAS ESTRATEGIAS DOCENTES.
  • DESARROLLO SENSORIAL: VOZ Y MOVIMIENTO.
  • EL SENTIDO DEL HUMOR COMO HERRAMIENTA DIDACTICA.
  • LÍDERES E ÍDOLOS: CONSECUENCIAS.
  • ENTORNOS LECTORES: LECTURA CRÍTICA Y CREATIVA.
  • MINDFULNESS Y SU APLICACIÓN EN EL AULA.
  • AUTISMO E INTERVENCIÓN EDUCATIVA.
  • LA EDAD DE LOS CUENTOS.
  • STORYTELLING EN EL AULA DE INGLÉS EN PRIMARIA.
  • BLENDER: ANIMACIÓN 3D.
  • ENTORNO LINUX PARA DOCENTES: INICIACIÓN.
  • METODOLOGIAS ACTIVAS QUE PROMUEVEN EL CAMBIO.
  • GESTIÓN DE FCT CON EL PROGRAMA CICERÓN.

En la web del Centro Superior de Formación del Profesorado (CSFP)Este enlace se abrirá en una ventana nueva podrá consultar la información sobre los cursos convocados.
  • LA FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO EN CYL.
  • INICIACIÓN A LA INVESTIGACIÓN.

martes, 10 de enero de 2017

Planes de formación ECLAP y Prevención de Riesgos Laborales

ORDEN PRE/1097/2016, de 20 de diciembre, por la que se publican las actividades formativas incluidas en el Plan de Formación de la Escuela de Administración Pública de Castilla y León y en el Plan de Formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales para el año 2017
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lunes, 9 de enero de 2017

Subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos del programa Aula Empresa CyL. Convocatoria

EXTRACTO de la Orden de 28 de diciembre de 2016, de la Consejería de Educación, por la que se convocan subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos del programa Aula Empresa Castilla y León, financiados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y cofinanciados por el Fondo Social Europeo, en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León que impartan ciclos formativos de formación profesional en régimen de concierto durante el curso 2016/2017.

martes, 3 de enero de 2017

Ampliación de la duración del permiso de Paternidad

A partir del 1 de enero de 2017

Entrada en vigor de la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación a cuatro semanas la duración del permiso de paternidad.

Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida.

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.


Todo lo que hay que saber:

· No tiene carácter retroactivo.

· Son cuatro semanas ininterrumpidas y se puede ampliar 2 días por cada hijo o hija a partir del segundo, en el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiples.

· El padre puede disfrutarlo independientemente de que la madre le ceda parte de su permiso de maternidad.

· Para disfrutarlo el padre tiene que avisar a la empresa con la debida antelación. Si no se menciona nada en el Convenio Colectivo de aplicación, el plazo razonable será de 15 días hábiles.

· La ampliación del permiso por paternidad consiste en la suspensión del contrato de trabajo de los padres por un periodo de 4 semanas, mejorando así el derecho que ya tenían de 13 días de suspensión por paternidad, desde la entrada en vigor de la Ley 3/2007, de Igualdad.

· Esta reforma entró en vigor a partir del 1 de enero de 2017 para los nacimientos, adopciones o acogimientos que tengan lugar a partir de esa fecha.

· Es un derecho intransferible en el supuesto de parto, es decir, este permiso no se le puede ceder a la madre en el supuesto de parto, no obstante, en los casos de adopción o acogimiento este derecho corresponderá a uno de los dos progenitores a su elección.

· Para disfrutarlo tiene que avisar a la empresa con la debida antelación. Si no se menciona nada en el Convenio Colectivo de aplicación, el plazo razonable será de 15 días hábiles.

· Se puede hacer uso de este derecho en el periodo que transcurre desde que finaliza el permiso por nacimiento y hasta que finaliza la suspensión por maternidad o inmediatamente después de la finalización de aquélla.

· Este permiso es por tanto compatible con el permiso por nacimiento del artículo 37.3 b) E.T., que es un permiso de dos días por nacimiento, ampliable a cuatro días en caso de que el trabajador necesite desplazarse.

· El progenitor puede hacer uso de este permiso en régimen de jornada completa, es decir disfrutará de cuatro semanas completas y continuas, o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50% de la jornada, lo que se traduce en que trabajará a media jornada y por consiguiente el permiso se alargará.

· El progenitor que disfrute de este permiso tiene derecho, en caso de que reúna las condiciones que legalmente se determinen, a la prestación por paternidad, con cargo a la Seguridad Social, y que es del 100% de la base reguladora. Para disfrutar de dicha prestación deberá solicitarla en la oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social correspondiente, donde le indicarán la documentación a aportar.
El padre puede ejercer este derecho aun cuando la madre no esté trabajando.

· Cuando exista un solo progenitor, adoptante o acogedor, no puede acumularse el periodo de paternidad al de maternidad.

En el caso de que ambos progenitores sean hombres y recurran a la adopción o acogimiento, uno de los dos puede disfrutar de dicho permiso, en el caso de que se trate de maternidad subrogada. No existe regulación legal al respecto, pero por parte de los tribunales se está concediendo el disfrute del permiso.

La implementación de este derecho ha tardado diez años en conseguirse, ya venía establecido en la Ley de Igualdad, vigente desde 2007. Mucho se ha peleado desde entonces por lograrlo, por lo que, aunque no es un derecho de obligado cumplimiento, en CCOO creemos que es fundamental que los padres se acojan al mismo, para poder avanzar en la igualdad real en las empresas y en la sociedad. De otra forma, seguirá entendiéndose que la conciliación es sólo un derecho y una obligación de las madres.