Instrucción sobre los asuntos particulares (“moscosos”)
La regulación de los asuntos particulares supone un logro sindical sin precedentes para el profesorado de nuestra comunidad. En el territorio nacional, solo Galicia y Andalucía tienen derecho al disfrute de estos días.
La regulación de los asuntos particulares supone un logro sindical sin precedentes para el profesorado de nuestra comunidad. En el territorio nacional, solo Galicia y Andalucía tienen derecho al disfrute de estos días.

El objetivo del disfrute de los asuntos particulares no es prolongar o disponer de más vacaciones, sino dar respuesta a una serie de necesidades que surgen en el día a día y que la actual orden de permisos y licencias no contemplaba. Por tanto, solo en este sentido debe concebirse el disfrute de los mismos. Además, nunca puede ser entendido como “moneda de cambio” por la dedicación laboral en el mes de julio, ya que CCOO se declara totalmente contrario a trabajar en dicho mes.
¿Por qué son necesarios estos días?
Pueden ser por motivos diversos, como la asistencia al funeral de un/a tío/a o amig@, acompañar a una hija en el parto, acudir a un curso de formación, recoger un premio o distinción, acudir a la boda de tu hij@, herman@, asistir a reuniones escolares con el tutor/a de tus hij@s, firmar ante notaría u otra situación que surja de imprevisto.
Desde CCOO entendemos que la regulación de los asuntos particulares es una mejora de las condiciones laborales del profesorado y debemos promover un uso responsable de los mismos.
¿Cuándo y cómo se pueden empezar a disfrutar?
A partir del próximo curso, cuando se publique la modificación de la ORDEN EDU/423/2014 y se desarrollen las instrucciones para su aplicación.
Se podrán disfrutar un total de seis días, dos de los cuales se podrán solicitar en días lectivos correspondientes a trimestres distintos, y los cuatro restantes podrán solicitarse en periodos no lectivos.
A partir del próximo curso, cuando se publique la modificación de la ORDEN EDU/423/2014 y se desarrollen las instrucciones para su aplicación.
Se podrán disfrutar un total de seis días, dos de los cuales se podrán solicitar en días lectivos correspondientes a trimestres distintos, y los cuatro restantes podrán solicitarse en periodos no lectivos.

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