Hoy se publica en BOCyL la regulación del derecho de disfrute de asuntos particulares también conocidos como “moscosos”. Este logro sin precedentes ha sido gracias a la insistencia de la Federación de Enseñanza de CCOO, luchando primero en las mesas de negociación y luego en los tribunales no solo frente a la Administración sino también frente a otras organizaciones sindicales que se oponían a este derecho.

Con la concesión de los denominados días “moscosos”, los docentes podremos compensar la pérdida de derechos como la asistencia al funeral un tío/a, tener derecho acompañar a una hija en caso de parto o la posibilidad gestionar temas personales.
Durante el transcurso de la negociación la Consejería de Educación no aceptó estas y otras muchas alegaciones por lo que la Federación de Enseñanza de CCOO se vio obligada a interponer un Contencioso Administrativo.
Casi dos años después, la Sala de lo Contencioso dio la razón a CCOO validando los argumentos expuestos por CCOO durante la negociación. Pero no es hasta hoy cuando se hace efectivo su disfrute.
El texto queda redactado de la siguiente manera:
ORDEN EDU/693/2017, de 18 de agosto, por la que se modifica la Orden EDU/423/2014:
«Artículo 15. Por asuntos particulares. El personal funcionario docente podrá disfrutar, por cada curso escolar, de los correspondientes días por asuntos particulares no sujetos a antigüedad, con subordinación a las necesidades del servicio y previa autorización, de los cuales hasta un máximo de dos podrán ser en días lectivos que deberán disfrutarse en trimestres distintos.»
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